Informe de auditoría

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Los agentes económicos que comercializan o ponen en servicio acumuladores/baterías en la UE están obligados, según el artículo 52 del Reglamento (UE) 2023/1542, a proporcionar los informes de auditoría correspondientes. Los requisitos que deben auditarse deben aplicarse a partir de agosto de 2027. La primera auditoría se llevará a cabo con el correspondiente desfase temporal.